
American Express Company México ha formalizado una actualización integral en los contratos de adhesión de toda su línea de tarjetas de servicios personales en el país. Las modificaciones, que entraron en vigor a partir del 22 de septiembre de 2026, aplican para plásticos emblemáticos como The Gold Card, The Platinum Card, Centurion Card y sus alianzas de marca compartida con Aeroméxico. Esta reestructuración ajusta las normas operativas, limita los usos comerciales en cuentas personales, redefine el tratamiento de los saldos a favor al cancelar y actualiza las vías de atención legal ante la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO).
Prohibición explícita del uso comercial en plásticos personales
Uno de los cambios más trascendentales se encuentra registrado en la cláusula séptima del contrato, la cual regula los usos no permitidos del plástico. A partir de esta modificación, queda estrictamente prohibido utilizar las tarjetas de servicios personales para realizar la compra de mercancías o insumos con fines corporativos o de negocio. La institución puntualiza que este tipo de productos está diseñado únicamente para el consumo personal del titular. Para atender necesidades empresariales, la firma dispone de su gama de plásticos corporativos (Business), por lo que realizar transacciones comerciales recurrentes en cuentas personales podría ser motivo suficiente para la cancelación de la tarjeta.
Canales oficiales para pagos y corrección de depósitos por error
En materia transaccional, la cláusula decimonovena se actualizó para incorporar de manera explícita el listado de centros de pago autorizados, facilitando a los usuarios la verificación de los canales físicos y digitales habilitados. Asimismo, la cláusula vigésimo cuarta introduce un apartado sobre la acreditación de abonos. En caso de que la firma deposite o acredite recursos por error en la cuenta de un cliente, este autoriza expresamente a la empresa a revertir la transacción o cargar el importe devuelto de manera inmediata y sin requerir una notificación previa.
Nuevas reglas de cancelación y saldos a favor por promociones
Las condiciones para dar por terminada la relación contractual también sufrieron modificaciones sustanciales dentro de la cláusula trigésimo quinta. La firma eliminó la posibilidad de solicitar la cancelación de la tarjeta mediante fax o correo certificado, concentrando el trámite de baja de forma exclusiva en su centro de atención telefónica (call center) y en los canales digitales que determine. Al notificar la intención de cancelar, la línea de crédito o servicio quedará inhabilitada para nuevos cargos o disposiciones.
Adicionalmente, el contrato establece una nueva norma respecto a la devolución de saldos positivos al momento del cierre. Aunque la institución mantendrá la devolución del dinero propio del cliente, se excluyen de manera explícita los saldos a favor que provengan de bonificaciones, acreditaciones o incentivos por promociones de la marca. Si un tarjetahabiente decide cancelar su cuenta conservando saldo generado por un bono de bienvenida o recompensa comercial, dicho importe no será reembolsado en efectivo ni transferido.

Sujeción a términos web y actualización regulatoria
Finalmente, la cláusula vigésimo quinta formaliza que todos los beneficios asociados a las tarjetas de servicios se encuentran sujetos a los términos y condiciones publicados en su sitio web oficial, conservando el compromiso del emisor de notificar cualquier ajuste en sus programas con al menos 30 días de anticipación. Para brindar certeza jurídica a los usuarios, el documento actualizó su número de registro ante el Registro de Contratos de Adhesión de la PROFECO.







